Hola a todos nuevamente, les presento un documento muy interesante la ley N° 28803, ley de los adultos mayores, con la cual ellos adquieren sus derechos y beneficios de una manera mas "concreta" para así mejorar sus condicion, leanla y dense cuenta que los adultos mayores son personas respetables, que a pesar de su edad y condicion necesitan que respetemos los mandatos que la ley afirma para ayudarlos en su dia a dia! sin mas que decir aqui se las presento:
El objetivo de la ley
es:
Dar un marco
normativo que garantice los mecanismos legales para el ejercicio pleno de los derechos
reconocidos en la Constitución Política y los Tratados Internaciones vigentes
de las Personas Adultas Mayores para mejorar su calidad de vida y que se
integren plenamente al desarrollo social, económico, político y cultural,
contribuyendo al respeto de su dignidad.
Con esta ley los adultos mayores tienen derecho a:
- La igualdad de oportunidades y una vida digna, promoviendo la defensa de sus intereses.
- Recibir el apoyo familiar y social necesario para garantizarle una vida saludable, necesaria y útil elevando su autoestima.
- Acceder a programas de educación y capacitación que le permitan seguir siendo productivo.
- Participar en la vida social, económica, cultural y política del País.
- El acceso a la atención preferente en los servicios de salud integral, servicios de transporte y actividades de educación, cultura y recreación.
- El acceso a la atención hospitalaria inmediata en caso de emergencia.
- La protección contra toda forma de explotación y respeto a su integridad física y psicoemocional.
- Recibir un trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial y administrativo que la involucre.
- Acceder a condiciones apropiadas de reclusión cuando se encuentre privada de su libertad.
- Vivir en una sociedad sensibilizada con respeto a sus problemas, sus méritos, sus responsabilidades, sus capacidades y experiencias.
- Realizar labores o tareas de acorde a su capacidad física o intelectual. No será explotada física, mental ni económicamente.
- La información adecuada y oportuna en los trámites para su jubilación.
- No ser discriminada en ningún lugar público o privado
Los beneficios
que se les otorga:
Toda persona adulta
mayor, previa presentación de su documento nacional de identidad o partida de
nacimiento, gozará de los beneficios que gestione el Órgano Rector con el
sector público, los concesionarios públicos o las empresas privadas.
- Transporte público colectivo.
- Transporte marítimo y aéreo, nacional e internacional.
- Hospedaje en hoteles u otros centros turísticos
- Consultorios, hospitales, clínicas, farmacias privadas y laboratorios, así como en servicios radiológicos y de todo tipo de exámenes y pruebas de medicina computarizada y nuclear.
- Medicamentos
de prescripción médica.
-
Prótesis
y órtesis.
-
Ayudas
técnicas.
-
Cultura y esparcimiento.
Es bueno que promuevas el contenido de esta ley, ya que muchas personas tanto adultas mayores como jóvenes no se han tomado el tiempo necesario para conocer como tratar por ley a un adulto mayor en casa y en la calle o que beneficios tiene por parte del Estado.
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